CEISH

Comité de Ética en Investigación en Seres Humanos – CEISH – Méderi

Comité de Ética en Investigación en Seres Humanos

CEISH – Méderi

Acerca del comité:

El Comité de Ética de Investigación en Seres Humanos – Méderi (CEISH-Méderi) es un órgano asesor autónomo creado en agosto de 2024, con la misión de garantizar la integridad ética en los estudios de investigación que involucren a seres humanos. Su función principal es revisar y evaluar los protocolos de investigación presentados, teniendo en cuenta aspectos como la relevancia científica, la metodología, la idoneidad de los investigadores, el consentimiento informado, la protección de datos personales y la confidencialidad. El Comité también se encarga de realizar una evaluación exhaustiva de los posibles riesgos y beneficios asociados con la investigación, tanto para los participantes individuales como para la sociedad en su conjunto. 

Objetivo del Comité:

El objetivo principal del CEISH-Méderi es proteger los derechos, la dignidad, la seguridad y el bienestar de los participantes en la investigación, además de promover la excelencia científica y la calidad de los proyectos de investigación. El Comité se fundamenta en principios éticos esenciales, como el respeto a la autonomía de las personas, la justicia distributiva, la no maleficencia y la beneficencia. Estos principios aseguran que la investigación se realice de forma ética y responsable.

Miembros del Comité:

El CEISH-Méderi está conformado por un equipo diverso y multidisciplinario, integrado por expertos científicos y no científicos, que asegura un equilibrio en edad y género, además de representar adecuadamente los intereses y preocupaciones de la comunidad.

El Comité está compuesto por 5 personas, con perfiles y competencias específicas:


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Mauricio Alberto Ángel Macias

Presidente del Comité

Médico, Investigador

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Miguel Antonio Sánchez Cárdenas

Secretario Técnico

Bioeticista

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Luisa Fernanda Murcia Soriano

Química Farmacéutica, Epidemióloga

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Valentina Gutierrez de Piñeres Ardila

Abogada

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Sonia Catalina Acuña Ramos

Representante de la Comunidad

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Yadira González

Secretaría Administrativa

Requisitos para la evaluación de estudios de investigación en el CEISH

Todas las investigaciones que se realicen en Méderi deben ser evaluadas y aprobadas por el Comité de Ética en Investigación. Este comité tiene la responsabilidad de revisar el protocolo de investigación, las competencias del investigador y su equipo y demás documentación relacionada. Es importante destacar que cualquier cambio en el protocolo, por mínimo que sea, requiere evaluación.


Investigación Clínica Contratada - Industria Farmacéutica-

Para la evaluación ética de protocolos de investigación contratada, se exige:

  • Protocolo de investigación, informe de caso o registro en salud.
  • Aval del Comité Técnico de Investigaciones de Méderi.
  • Certificado de Buenas Prácticas Clínicas vigente (BPC).
  • Hoja de vida de los investigadores (CvLAC).
  • Consentimiento informado (si aplica).
  • Anexos (si aplica).
  • Manual del investigador.
  • Póliza de responsabilidad civil extracontractual.
  • Material de información para el paciente (si aplica).

Este protocolo asegura que todas las investigaciones se lleven a cabo bajo los más altos estándares éticos, garantizando la seguridad y el bienestar de los participantes.

Investigación Institucional y Formativa

Para la evaluación ética de protocolos de investigación institucional (sin relación con la industria), se exige:

  • Protocolo de investigación, reporte de caso o registro de datos en salud.
  • Aval del Comité Técnico de Investigaciones de Méderi.
  • Certificado de Buenas Prácticas Clínicas vigente (BPC).
  • Hoja de vida de los investigadores (CvLAC).
  • Consentimiento informado (si aplica).
  • Anexos (si aplica).

Este protocolo asegura que todas las investigaciones se lleven a cabo bajo los más altos estándares éticos, garantizando la seguridad y el bienestar de los participantes.

Recuerde que, su protocolo debe ser presentado en primera instancia por el Comité Técnico de Investigación de Méderi.

En caso de enmiendas o solicitudes relacionadas con los protocolos, deberán ser enviados por el investigador principal al correo: comite.eticainv@mederi.com.co. 

Calendario 2025:

Sesiones 2025 CEISH

SESIONES FECHAS MESES
1 16 Enero
2 7 Febrero
3 21 Febrero
4 6 Marzo
5 20 Marzo
6 3 Abril
7 24 Abril
8 8 Mayo
9 22 Mayo
10 5 Junio
11 19 Junio
12 3 Julio
13 17 Julio
14 6 Agosto
15 21 Agosto
16 4 Septiembre
17 18 Septiembre
18 2 Octubre
19 16 Octubre
20 6 Noviembre
21 20 Noviembre
22 4 Diciembre
23 18 Diciembre

Contacto:

En caso de presentar alguna duda o tener algún comentario, comuníquese con nosotros:

Dirección: Hospital Universitario Mayor Méderi: Calle 24 # 29-45. Bogotá, Colombia.

Correo electrónico: comite.eticainv@mederi.com.co

Teléfono: +57 5600520 Ext 4904

Definiciones clave:

Para garantizar la correcta aplicación de los principios éticos en la investigación en seres humanos, es fundamental conocer y comprender algunos términos clave. A continuación, se presentan las definiciones más relevantes: 

 

Ética en Investigación 

Conjunto de principios, normas y valores que regulan la conducción de estudios en seres humanos, con el objetivo de proteger su dignidad, derechos y bienestar. Se basa en principios como la autonomía, beneficencia, no maleficencia y justicia. 

 

Integridad Científica 

Conjunto de valores y principios que garantizan que la investigación se lleve a cabo con honestidad, transparencia, rigor y responsabilidad. Incluye evitar la falsificación, fabricación o plagio de datos, así como reportar los resultados de manera objetiva y reproducible. 

 

Consentimiento Informado 

Proceso mediante el cual un participante recibe información clara y comprensible sobre un estudio de investigación, incluyendo su propósito, riesgos, beneficios y derechos, antes de decidir participar. Su finalidad es garantizar que la decisión de participar sea voluntaria, informada y libre de coerción. 

 

Protocolo de Investigación 

Documento que describe detalladamente los objetivos, metodología, diseño, criterios de inclusión y exclusión de participantes, consideraciones éticas y plan de análisis de un estudio de investigación. Debe ser evaluado y aprobado por un comité de ética antes de su implementación. 

 

Investigador Principal (IP) 

Persona responsable de la conducción y supervisión de un estudio de investigación. Debe garantizar que la investigación se realice conforme a las normas éticas y científicas establecidas, asegurar la protección de los participantes y coordinar a su equipo de trabajo. 

 

 

Comité de Ética en Investigación (CEI) 

Órgano independiente, interdisciplinario y autónomo encargado de evaluar los aspectos éticos y metodológicos de los estudios en seres humanos, asegurando el cumplimiento de normativas nacionales e internacionales. 

 

Riesgos de la Investigación (Resolución 8430-1993) 

Se considera como riesgo de la investigación la probabilidad de que el sujeto de investigación sufra algún daño como consecuencia inmediata o tardía del estudio.  

El grupo de investigadores o el investigador principal deberán identificar el tipo o tipos de riesgo a que estarán expuestos los sujetos de investigación. 

Las investigaciones se clasifican en las siguientes categorías:  

a) Investigación sin riesgo: Son estudios que emplean técnicas y métodos de investigación documental retrospectivos y aquellos en los que no se realiza ninguna intervención o modificación intencionada de las variables biológicas, fisiológicas, sicológicas o sociales de los individuos que participan en el estudio, entre los que se consideran: revisión de historias clínicas, entrevistas, cuestionarios y otros en los que no se le identifique ni se traten aspectos sensitivos de su conducta.  

b) Investigación con riesgo mínimo: Son estudios prospectivos que emplean el registro de datos a través de procedimientos comunes consistentes en: exámenes físicos o sicológicos de diagnóstico o tratamientos rutinarios, entre los que se consideran: pesar al sujeto, electrocardiogramas, pruebas de agudeza auditiva, termografías, colección de excretas y secreciones externas, obtención de placenta durante el parto, recolección de líquido amniótico al romperse las membranas, obtención de saliva, dientes deciduales y dientes permanentes extraídos por indicación terapéutica, placa dental y cálculos removidos por procedimientos profilácticos no invasores, corte de pelo y uñas sin causar desfiguración, extracción de sangre por punción venosa en adultos en buen estado de salud, con frecuencia máxima de dos veces a la semana y volumen máximo de 450 ml en dos meses excepto durante el embarazo, ejercicio moderado en voluntarios sanos, pruebas sicológicas a grupos o individuos en los que no se manipulará la conducta del sujeto, investigación con medicamentos de uso común, amplio margen terapéutico y registrados en este Ministerio o su autoridad delegada, empleando las indicaciones, dosis y vías de administración establecidas y que no sean los medicamentos que se definen en el artículo 55 de esta resolución.  

c) Investigaciones con riesgo mayor que el mínimo: Son aquellas en que las probabilidades de afectar al sujeto son significativas, entre las que se consideran: estudios radiológicos y con microondas, estudios con los medicamentos y modalidades que se definen en los títulos III y IV de esta resolución, ensayos con nuevos dispositivos, estudios que incluyen procedimientos quirúrgicos, extracción de sangre mayor al 2% del volumen circulante en neonatos, amniocentesis y otras técnicas invasoras o procedimientos mayores, los que empleen métodos aleatorios de asignación a esquemas terapéuticos y los que tengan control con placebos, entre otros. 

 

Enmienda al Protocolo 

Cualquier modificación realizada a un protocolo de investigación previamente aprobado. Todas las enmiendas deben ser presentadas y justificadas ante el comité de ética antes de su implementación. 

 

Buenas Prácticas Clínicas (BPC) 

Conjunto de estándares éticos y científicos reconocidos internacionalmente que orientan el diseño, ejecución, monitoreo, registro y reporte de investigaciones que involucran seres humanos. Su cumplimiento garantiza la protección de los derechos, seguridad y bienestar de los participantes, así como la validez y credibilidad de los datos obtenidos.

 

Eventos Adversos en la Investigación 

Cualquier situación médica desfavorable o no intencionada que ocurre en un participante de investigación, independientemente de su relación causal con el producto o intervención en estudio. Incluyen síntomas, signos clínicos, alteraciones de laboratorio o enfermedades, y su reporte es fundamental para la evaluación del riesgo.

 

Confidencialidad y Protección de Datos 

Principio ético y legal que exige resguardar la identidad y la información personal de los participantes de investigación. Implica la implementación de mecanismos que limiten el acceso a los datos sensibles, garantizando su anonimización, almacenamiento seguro y uso exclusivo con fines científicos autorizados por el participante.

 

Integridad Científica 

Principio fundamental que orienta la conducta responsable en investigación, basado en la veracidad de los datos, la transparencia en los procesos y el respeto por los estándares éticos y metodológicos. Implica actuar con responsabilidad y justicia, evitar prácticas cuestionables como la fabricación, falsificación o plagio, y fomentar una cultura de confianza, respeto por la evidencia y compromiso con el avance honesto del conocimiento.

Preguntas frecuentes:

Cualquier investigador que desee desarrollar un protocolo de investigación en Méderi, tenga aval del comité técnico de investigaciones institucional y cumpla con los requisitos establecidos para la evaluación ética. 

Para los grupos de investigación que requieran evaluación de comité de ética para protocolos que se vayan a desarrollar en instituciones diferentes a Méderi, contactar a comiteinv.etica@mederi.com.co  

No es necesario presentar un proyecto al Comité de Ética en Investigación en Seres Humanos (CEISH-Méderi) en los siguientes casos: 

  • Investigaciones que no involucren seres humanos directa o indirectamente. 

Estudios puramente teóricos o de modelado matemático. 

Análisis de bases de datos públicas y completamente anonimizadas, siempre que no exista riesgo de reidentificación de los sujetos. 

  • Revisiones sistemáticas y metaanálisis. 

Investigaciones basadas exclusivamente en la recolección y síntesis de literatura científica previamente publicada, siempre que no impliquen acceso a datos sensibles. 

  • Proyectos que utilicen únicamente información pública sin restricciones de acceso. 

Análisis de normativas, guías de salud pública o reportes de acceso libre sin datos personales identificables. 

Se recomienda consultar al CEISH antes de iniciar un proyecto si existe alguna duda sobre la necesidad de evaluación ética. En algunos casos, aunque no sea obligatoria, la evaluación del comité puede ser requerida por revistas académicas o entidades financiadoras como garantía de cumplimiento de principios éticos.  

El tiempo de evaluación varía en función del volumen de proyectos remitidos al CEISH-Méderi, Actualmente, el comité mantiene los siguientes tiempos promedio para la emisión de un primer concepto: 

Protocolo de Investigación  20 días 

hábiles 

Protocolo 

Registro 

20 días 

hábiles 

Reporte de casos  10 días 

hábiles 

 

Se recomienda presentar los documentos con suficiente antelación.  

Conozca los requerimientos para investigación contratada AQUÍ

Conozca los requerimientos para investigación institucional/formativa AQUÍ 

La aprobación ética es fundamental para: 

  • Proteger los derechos, dignidad y bienestar de los participantes. 
  • Garantizar que el estudio cumple con principios éticos y científicos sólidos. 
  • Reducir los riesgos asociados con la investigación en seres humanos. 
  • Cumplir con normativas nacionales e internacionales. 

El consentimiento informado es un documento esencial en la investigación con seres humanos, diseñado para garantizar que los participantes comprendan completamente el estudio antes de decidir participar. Su propósito es asegurar que la decisión de participar sea voluntaria, informada y libre de coerción. Debe incluir: 

  • Objetivo del estudio. 
  • Procedimientos y duración. 
  • Posibles riesgos y beneficios. 
  • Confidencialidad y manejo de datos personales. 
  • Derecho a retirarse en cualquier momento sin repercusiones. 
  • Contacto del investigador en caso de dudas. 

El consentimiento informado utilizado para la investigación debe tener el sello de aprobación del CEISH; además, el equipo investigador debe garantizar el uso de la versión más reciente de este documento durante la ejecución del proyecto, así como el adecuado diligenciamiento.  

Recuerde: cualquier modificación en el consentimiento informado después de su aprobación debe ser presentada al CEISH para su revisión y autorización antes de su implementación.

A partir de la emisión del concepto ético, el equipo investigador tendrá un máximo de 45 días para responder a los requerimientos solicitados. 

El CEISH enviará dos correos recordatorios, cada 15 días, con el fin de alertar sobre el vencimiento del plazo. 

Si en un plazo de 30 días después de realizado el requerimiento no se recibe una respuesta por parte del equipo investigador, el CEISH enviará una comunicación de desestimamiento de la investigación, dando por finalizada la evaluación del protocolo. 

El investigador podrá realizar los ajustes y volver a presentar el proyecto. 

Cualquier cambio en el protocolo debe ser enviado nuevamente al comité para su evaluación y aprobación antes de su implementación. 

Este tipo de modificaciones se denominan enmiendas al protocolo, las cuales pueden incluir: 

  • Cambios en la metodología o el diseño del estudio. 
  • Ajustes en los criterios de inclusión o exclusión de participantes. 
  • Modificaciones en el consentimiento informado. 
  • Incorporación de nuevos sitios de investigación o investigadores. 
  • Actualización de medidas de seguridad o gestión de riesgos. 

Las enmiendas deben presentarse por escrito, justificando la necesidad del cambio y proporcionando la versión actualizada de los documentos modificados. Ningún cambio puede implementarse sin la aprobación previa del CEISH. 

El comité evalúa tanto proyectos nuevos como modificaciones a estudios en curso, incluyendo: 

  • Cambios en el diseño del estudio. 
  • Incorporación de nuevos participantes o centros de investigación. 
  • Modificaciones en los documentos de consentimiento. 
  • Nuevos análisis de riesgos o beneficios. 

 

Sí. Una vez aprobada la investigación, el comité puede realizar seguimiento a su ejecución con el fin de: 

  • Garantizar el cumplimiento de los lineamientos éticos y regulatorios. 
  • Monitorear la correcta implementación del consentimiento informado. 
  • Revisar la notificación de eventos adversos o problemas éticos durante el estudio. 
  • Verificar el cumplimiento de los protocolos aprobados. 

El comité puede solicitar informes de avance y realizar auditorías si es necesario. 

 

El comité se reúne periódicamente. Acceda al cronograma de sesiones del CEISH AQUÍ

Sí, una vez aprobado el protocolo, se emite una certificación oficial que acredita la evaluación y aval ético del estudio. 

Puede comunicarse con el CEISH-Méderi a través de los siguientes canales: 

  • Dirección: Hospital Universitario Mayor Méderi, Calle 24 # 29-45, Bogotá, Colombia. 
  • Correo electrónico: comite.eticainv@mederi.com.co 
  • Teléfono: +57 5600520 Ext 4904